Cuando nos planteamos solicitar un crédito son varios los aspectos que debemos analizar. Uno de los más importantes es el TAE o Tasa Anual Equivalente. Es una cantidad que se paga por el préstamo solicitado y en algunos casos, como por ejemplo en los de reclamación de tarjetas revolving, puede ser que sea considerado ilegal. Dependiendo de la entidad bancaria puede que esos intereses sean muy elevados, por eso es importante saber qué porcentaje TAE se considera usura.
Establecer cuándo un TAE es abusivo es complicado ya que cualquier sentencia se basa en la ley de usura de 1908. Dicha legislación indica que se considerará abusivo todo interés que esté por fuera de los márgenes establecidos como usuales. ¿Y cuáles son esos márgenes? Por suerte el Banco de España establece una serie de indicadores que delimitan cuál sería ese interés. Con esos datos se puede establecer qué se considera usurario y cuáles están acordes al promedio.
De todas formas, antes de consultar nuestro caso con un abogado de reclamación de tarjetas revolving, debemos diferenciar entre interés remuneratorio y de demora ya que ambos aparecen en el contrato de cualquier solicitud de préstamo y su significado es muy diferente.
- El interés remuneratorio consiste en el interés que lleva el propio crédito. Es lo que tenemos que pagar por el dinero que nos han prestado y es lo que establece el TAE.
- El interés de demora es el que se debe abonar en caso de retraso en el pago del préstamo. Es importante conocer esta diferencia, ya que cuando se hace referencia a un TAE abusivo en un préstamo se cierne sobre el interés remuneratorio.
TAE abusivo en tarjetas revolving
Si nos centramos en la reclamación de tarjetas revolving, tenemos que ceñirnos a lo indicado por el Tribunal Supremo (TS). En su sentencia del 15 de febrero de 2023, esta corte estableció en qué situaciones puede declararse usurario este tipo de producto bancario.
Según el TS son usurarios aquellos intereses cuya diferencia entre el tipo medio de mercado en el momento de su contratación y el pactado supere los 6 puntos porcentuales (6%). Este dato se basa teniendo en cuenta el Tipo Efectivo de Definición Restringida (TEDR) publicado por el Banco de España y se utiliza para su comparación.
De todas formas, esta sentencia no significa que no podamos reclamar una tarjeta revolving si nuestro TAE no supera en 6 puntos respecto al TEDR. La sentencia del Tribunal Supremo, en su dictamen del 2015, también calificó este producto como poco transparente.
En todo caso, si un juzgado declara usurario el TAE de la tarjeta, la entidad bancaria deberá devolver el importe que exceda del capital prestado. Es decir, el consumidor recuperará el 100% de lo que haya pagado en concepto de comisiones e intereses. No tendrá que pagar ningún tipo de interés; ni el remuneratorio, ni el de demora, en aquellos casos donde se haya aplicado. Solo tendrá que reintegrar el dinero que le prestó la entidad.
A pesar de que en un principio parece sencillo conseguir la nulidad de este tipo de crédito, la figura de un abogado experto en reclamación de tarjetas revolving es más que recomendable. Él conocerá los pormenores de la sentencia del Tribunal, y tras analizar la documentación aportada por el cliente, le explicará su caso de manera individualizada.